jueves, 4 de marzo de 2010

Las directrices protegen 40 zonas del alfoz pero no limitan la expansión urbanística

Tras años de estudios, consultas, periodos de alegaciones y un primer documento que acabó en el cubo de la basura, la Junta inicia ya el procedimiento de aprobación de las Directrices de Ordenación de Ámbito Subregional del Área Urbana de Burgos. Para resumir, Doabu o directrices del alfoz. Este instrumento de planeamiento territorial pretende crear el marco de referencia para corregir desequilibrios territoriales en el crecimiento urbano, establecer criterios de protección del suelo, respetando y promoviendo la ubicación de actividades. Este marco de referencia actúa de manera subsidiaria pudiendo concretar la ordenación urbanística de los municipios sin plan propio, clasificar el suelo y establecer una normativa básica sobre uso del suelo cuando resultara necesario.

Los municipios a los que afectan las Doabu son 32: Arcos, Arlanzón, Atapuerca, Buniel, Burgos, Carcedo de Burgos, Cardeñadijo, Cardeñajimeno, Cardeñuela Riopico, Castrillo del Val, Cogollos, Hurones, Ibeas de Juarros, Modúbar de la Emparedada, Orbaneja Riopico, Quintanaortuño, Quintanapalla, Quintanilla Vivar, Revillarruz, Rubena, Saldaña, San Mamés, Sarracín, Sotragero, Tardajos, Valdorros, Villagonzalo Pedernales, Villalbilla, Villariezo, Villayerno Morquillas, Merindad de Río Ubierna y Alfoz de Quintanadueñas.
La Consejería de Medio Ambiente abre ahora un periodo de tres meses para la presentación de alegaciones, tras lo cual se redactará un documento definitivo. Su las modificaciones son sustanciales será sometido a otro periodo de consultas. La vigencia de las directrices es de 10 años.
La principal novedad que ofrecen estas directrices respecto a las que la Junta preparó entre los años 2004 y 2007 -denominadas Dotse y que nunca entraron en vigor-, es que éstas no establecen límites concretos a la expansión urbanística. Aquellas imponían desarrollos de un máximo de 5.000 viviendas para los municipios considerados de ‘centralidad’ y de 1.000 para los pueblos más pequeños. Estas indicaciones desaparecen de las actuales directrices.
Las Doabu establecen condiciones al crecimiento pero no imponen máximos ni mínimos. Así, los desarrollos urbanísticos deben favorecer crecimientos «de desarrollo compacto, continuo y articulado en torno a los núcleos de población existentes, priorizando la compleción de espacios vacíos frente a operaciones de simple expansión». Es decir, que los nuevos planes urbanísticos deberán articular la estructura urbana preexistente y deberán moderar el crecimiento disperso.
El aspecto más relevante de estas directrices es que establece 39 zonas de protección que denomina ASVE -Áreas de Singular Valor Ecológico- (ver cuadro en la página siguiente). Se trata de espacios de especial calidad ambiental que deben ser «preservados de toda transformación urbanística, al tiempo que todas las actuaciones que se realicen deben tener como objetivo su conservación».
Los planeamientos urbanísticos de los municipios en cuyos términos existan terrenos ASVE los clasificará «como suelo rústico con protección natural, salvo que ya sean suelo urbano o urbanizable».
Las directrices solo permiten usos para esos enclaves que contribuyan a su conservación o puesta en valor, así como para la recuperación de los valores ambientales perdidos o deteriorados. En estas zonas, «la rehabilitación o reforma de las construcciones preexistentes solo será autorizada cuando se mantenga su volumen».
Se prohibirá cualquier uso que implique la parcelación o desarrollo urbanístico, «ya sea mediante planeamiento general o de desarrollo, o mediante la implantación de infraestructuras de carácter urbanístico».
Todas las condiciones que imponen las Doabu para la conservación de estas zonas de protección «son vinculantes para todas las administraciones y particulares y modificarán todos los instrumentos de planeamiento urbanístico a las que resulten contrarias».
Asimismo, las directrices imponen una protección especial a todos los encinares, robledales y quejigares del alfoz burgalés. De este modo, solo se autorizarán construcciones menores asociadas al mantenimiento y aprovechamiento de estos montes.
Los municipios incluidos en el ámbito de las Doabu deberán incentivar la conservación y la restauración de los edificios y los entornos valiosos desde el punto de vista patrimonial. Así, las directrices ordenan a los ayuntamientos la creación de catálogos con todos los elementos valiosos de arquitectura civil, religiosa y militar. Además, las construcciones e instalaciones de nueva planta, así como la reforma o rehabilitación de las existentes «deberán ser coherentes con las características naturales y culturales de su entorno y de su paisaje».
Las directrices establecen 18 paisajes rurales «que deben protegerse y potenciarse». Son los siguientes: las vegas y las riberas de los ríos Arlanzón, Vena, Ausines y Río Viejo, Ubierna, arroyo de Santa Eugenia, del Urbel y del Hurones, el páramo de Alfoz de Quintanadueñas, Cuesta del Rey, Páramos del Norte, Paisajes de Cortes, carretera de San Pedro y San Felices, Alto Ribamarina, campiñas del valle del Arlanzón, campiña del Ausines, cárcavas de Villariezo, entorno de Atapuerca y El Hoyo.
En estos parajes, las construcciones agrarias deberán evitar materiales o tipologías que produzcan contrastes fuertes con las tradicionales de la zona.
Las Doabu establecen áreas de nueva centralidad -lugares para el desarrollo futuro de la capital y del alfoz-, «que deben ser impulsadas por las administraciones públicas». Son zonas «con capacidad y posibilidades para la implantación de actividades de excelencia y atractivo ambiental, con predominio del sector terciario». Son la zona del CAE, el parque tecnológico y el aeropuerto; la nueva estación del AVE y su entorno; el nodo de Villatoro y la extensión del polígono de Villalonquéjar, y el enclave que forman Villalonquéjar y Villalbilla.
Las directrices también determinan unas áreas de polaridad potenciales emergentes «capaces de articular el desarrollo de actividades económicas en el ámbito periurbano de la capital». Esas áreas son el corredor de la N-623 (de Quintanilla a Quintanaortuño); el corredor Villagonzalo-Buniel, y el de Sarracín, Saldaña y Modúbar, al sur de Burgos. En todos estos espacios «los planeamientos municipales fomentarán la instalación de actividades mixtas y el desarrollo de nuevos crecimientos productivos y terciarios, a fin de colmatarlos apoyándose en las infraestructuras existentes y en su desarrollo previsto».

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