En un escenario tan incómodo como la crisis, las comunidades han tenido que adaptarse a la Directiva de Servicios. Para muchos, la norma europea supone una llave para abrir los mercados y ampliar la libertad de establecimiento de muchas actividades. Para otros, el espíritu liberal que guió al ex comisario Frits Bolkestein es una amenaza para el modelo de negocio tradicional.
En esta encrucijada, unos han optado por abrazar la Directiva y otros, por seguir el principio lampedusiano de cambiar algo para que todo siga igual. Sobre todo, en el comercio minorista, uno de los sectores más afectados por la norma comunitaria.
¿Qué ganan las empresas? Igual que en lado político, depende del cristal con el que se mire. La Directiva Bolkestein ha permitido descargar de requisitos, burocracias y trabas legales el marco jurídico en el que se desenvuelve el comercio minorista español, uno de los más intervenidos de Europa, según la OCDE. A pesar de la reforma, éste seguirá sujeto a 17 interpretaciones distintas. En materia comercial, las comunidades tienen la voz cantante y éste es a grandes rasgos el nuevo traje legal que han diseñado:
¿Habrá licencias?
La ley de comercio minorista del Estado –todavía en las Cortes– elimina con carácter general los regímenes de autorización especiales sobre las grandes superficies, comunes hasta ahora. No obstante, deja margen a las comunidades para que los mantengan siempre que: no se supediten a criterios económicos, como por ejemplo, proteger al pequeño comercio; se ajusten a las “razones imperiosas de interés general” que fija Bruselas y sean proporcionales. Pues bien, todas las autonomías, a excepción de Madrid, han optado por mantener las famosas dobles licencias.
¿Qué son las “razones imperiosas de interés general”?
El medio ambiente, el patrimonio cultural y artístico y el urbanismo son los criterios alegados –de acuerdo a la Directiva– para fijar condiciones especiales para las grandes establecimientos.
¿Qué es una gran superficie?
Aragón, Asturias, Castilla y León, Castilla- La Mancha, Extremadura, Galicia, Murcia, Andalucía, Cantabria y Navarra han fijado en 2.500 metros la superficie comercial a partir de la cual la administración autonómica debe dar su visto bueno a la implantación comercial. La Rioja, Valencia y Cataluña han diseñado una escala de grandes superficies en función del tamaño de los municipios. Por ejemplo, en Cataluña, las tiendas de más de 1.300 metros cuadrados sólo podrán implantarse en pueblos de más de 5.000 habitantes. Si superan los 2.500 metros, deberán hacerlo en ciudades de 50.000 habitantes o capitales de comarca. En Canarias y Baleares se ha definido un formato para cada isla. Aunque en el caso Balear, el control autonómico baja hasta los 700 metros en Palma y los 400 en Ibiza. País Vasco, primera autonomía en adaptarse a Bolkestein, también establece 700 metros.
¿Qué papel jugarán los ayuntamientos?
En términos generales, los límites a las grandes superficies de las comunidades eran mayores. Cualquier tienda que sobrepasara los 500 ó 600 metros tenía que rendir cuentas en el ejecutivo regional. Ahora son los ayuntamientos los que tendrán la palabra sobre la mayoría de implantaciones comerciales de tamaño medio grande. Por ejemplo, Madrid elimina por completo la segunda licencia autonómica y deja en manos de los ayuntamientos la responsabilidad de aplicar los principios de la Directiva a la hora de conceder licencias.
¿Cuál será el poder de las Consejerías de Comercio?
Pese a todo, los ayuntamientos no tendrán libertad plena. Los establecimientos comerciales, grandes o pequeños, sólo podrán abrirse en la trama urbana consolidada. Y aquí es donde las consejerías de Comercio pasan a la acción. En la mayoría de los casos, tendrán poder para revisar e influir en el diseño de los planes generales de urbanismo. E incluso, gobiernos como el andaluz, el asturiano, el valenciano o el catalán prevén la elaboración de directrices sectoriales y planes específicos sobre el comercio. Cataluña, por ejemplo, someterá los planeamientos urbanos a un informe de comercio vinculante en caso de ser negativo.
¿La economía verde como principio rector?
El respeto al medio ambiente es el otro gran soporte del control político sobre el comercio. Aquí, la variedad de requisitos y condiciones no tiene límites: el impacto sobre la movilidad de personas y vehículos, las emisiones de CO2, la influencia supramunicipal, el uso de energía solar, el impacto estructural sobre regiones en conversión industrial, la calidad del empleo y el tipo de contratación, la integración paisajística y un amplio etcétera forman parte de una batería interminable de condiciones sobre el comercio. El mapa legal, por tanto, seguirá siendo un denso marasmo de normas.
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